Me han bajado la cuantía del IMV

Tenemos más información para ti en nuestro resumen.


Por estos días, finales de diciembre, muchos beneficiarios del IMV están recibiendo en su cuenta bancaria una cuantía menor a la que venían recibiendo los meses anteriores.

Algunos de ellos, ingenuamente creen que pidiendo cita previa en la Seguridad Social un funcionario les dirá lo que ha ocurrido y se tranquilizaran.

Mientras tanto dejan pasar los días.

Otros, mas ingenuos aún, se acercan a las oficinas de la Seguridad Social y ponen una queja en el buzón de quejas del INSS con el formulario que le entregan en la ventanilla de información.

Sin quedarse con una justificante NI nada parecido que constate que tal o cual fecha presentaron una queja.

Los abogados de confianza inundan los foros en internet y en los grupos de facebook diciendo que todos esperemos pacientes a que llegue una carta de la Seguridad Social para conocer las razones por las cuales hemos recibido una cuantia menor.

Mientras tanto pasaran los días, pasaran las semanas y pasaran los meses.

Tu paciencia siempre ira en beneficio de la Administración jamás en la urgencia por conseguir tus derechos.

Sea cual sea la causa por la cual la Seguridad Social te ha transferido una cantidad menor a la habitual, dicha causa tiene que ser valorada por una Juez.

Para que un Juez valore esa causa TU tienes que presentar una demanda ante los Juzgados de lo Social.

Dicha demanda tiene un requisito.

Ese requisito se llama reclamación administrativa previa.

Dicha reclamacion administrativa previa se presenta por ventanilla de registro de la Direccion Provincial del INSS que te corresponda en original y copia.

El original se queda con ellos y la copia se queda contigo.

Esa copia tendra el sello del registro donde se indica la fecha en que presentaste tu reclamacion administrativa previa.

Una vez hecho esto.

La Seguridad Social tiene SOLO 45 dias para contestar tu reclamacion administrativa.

Sin embargo, durante la existencia del ingreso minimo vital ha quedado cientificamente demostrado que la Seguridad Social jamás contestara dentro de los primeros 45 días.

Además, la Ley de Regulación de la Jurisdicción Social exige solo que tu hayas presentado la reclamación administrativa previa NO que la Seguridad Social haya contestando a dicha reclamación.

Es decir, que la Ley nos esta diciendo de manera muy educada que la contestación de la Seguridad Social a tu reclamación administrativa previa importa una mierda.

¿Me sigues?

Bien, entonces NO es muy difícil darse cuenta que si hoy presentas tu reclamación administrativa previa por ventanilla de registro de la Dirección Provincial del INSS que te corresponda es completamente legal que al día siguiente presentes la demanda ante los Juzgados de lo Social adjuntando a tu demanda el justificante de que haz presentado reclamación administrativa previa el día anterior.

Ese justificante es la copia sellada por el registro de la Dirección Provincial del INSS que te corresponda.

¿Qué consigues con esto?

Ganar tiempo.

Tiempo para que un Juez valore las causas por las cuales la Seguridad Social te ha depositado una cuantía menor a la habitual respecto de la prestación de tu ingreso mínimo vital.

¿Sabes lo que te digo?

El contenido de tu demanda ante los Juzgados de lo Social es exactamente el mismo que el contenido de tu reclamación administrativa previa.

Solo tienes que agregar una petición de prueba anticipada para que el Juez pida a la Seguridad Social que deduzca testimonio de todos los folios de tu expediente administrativo.

Es decir, que solo unos quince días después de que haz presentado tu demanda ante los Juzgados de lo Social tendrás dentro de tu expediente judicial todos los folios de tu expediente administrativo por el cual eres beneficiario del IMV.

Leyendo dicho expediente administrativo podrás conocer la causa por la cual la Seguridad Social te deposito una cuantía menor.

Esto te permitirá prepararte para el día del Juicio Oral que se llevara a cabo en la Sala de juicios de los Juzgados de lo Social, en unas semanas más.

¿Se entiende?

De esta manera estas siendo diligente en la defensa de tus derechos.

Por cierto, la demanda ante los Juzgados de lo Social NO necesitar firma de abogado.

Es decir que con TU sola firma es suficiente.

Finalmente, para empezar aquí tienes un modelo para tu reclamación administrativa previa con justificante de transferencia bancaria.

Después de haber presentado dicha reclamación administrativa previa por la ventanilla de registro de la Dirección Provincial del INSS que te corresponda, podrás presentar la demanda ante los Juzgados de lo Social.

Recuerda que esto solo es un modelo. Tienes que copiar el texto del modelo y abrir tu Microsoft Word y editarlo.

Es decir, cambiar la provincia, el numero de expediente administrativo, las fechas, tu nombre completo, etc.

Por otro lado, ¿cuál es tu provincia?.

Únete a nuestro grupo de facebook.

NO me envíes mensajes privados por el facebook. Unete al grupo de facebook IMV de tu provincia. Pero, si ese grupo aun NO existe.

Tengo una mala noticia para ti. Tienes que crearlo tu.

En un grupo de facebook IMV de tu provincia podemos hablar lo que tu quieras.

IMV partido político 
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Por cierto, NO olvides darte una vuelta por IMV chapuzas.

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Lo vais a flipar.


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Como redactar una reclamación administrativa previa

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Hay mucha gente a quienes le han denegado la solicitud de ingreso mínimo vital y se quedan de brazos cruzados ante dicha situación.

Partimos de la premisa que la administración funciona como el culo así que solo tenemos que presentar una reclamación administrativa previa.

Una reclamación administrativa previa NO es más que una carta dirigida a la Dirección Provincial del INSS de tu provincia.

En la resolución administrativa que te notifican la decisión de la Seguridad Social de denegar tu solicitud señalan la causa.

Lo único que tienes que hacer es negar la causa señalada en la resolución administrativa y plasmar ello en el contenido de la carta que estas redactando.

Recuerda que la reclamación administrativa previa es solo un requisito que te piden los Juzgados de lo Social para admitir a tramite tu demanda contra la Dirección Provincial del INSS de tu provincia, ya en vía judicial.

Es decir, que para que Juez vea tu expediente tienes que agotar la reclamación administrativa previa.

Ten en cuenta, que NO es necesario a recibir contestación de la Seguridad Social a tu reclamación administrativa previa.

La Seguridad Social tiene solo 45 días para responder tu recurso.

Transcurrido ese plazo, con o sin respuesta de la Administración tienes que presentar la demanda ante los Juzgados de lo Social.

Vale recalcar que tanto en la presentación de la reclamación administrativa previa como en la posterior demanda ante los Juzgados de lo Social NO necesitas firma de letrado.

Aquí tiene un modelo de reclamación administrativa previa.

Por cierto, el nombre utilizado en el modelo es un nombre inventado. Así como el numero de identificación que ha sido elegido aleatoriamente.

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¿Cuánto tardan en contestar la reclamación administrativa previa?

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Una vez que la Seguridad Social dicta resolución administrativa tienes un plazo de treinta (30) días para interponer una reclamación administrativa previa si NO estas de acuerdo con el contenido de la misma.

Por lo general, la gente NO esta de acuerdo cuando la Directora Provincial deniega tu solicitud de Ingreso Minimo Vital.

Sin embargo, esta NO debería ser la única razón por la que NO estés de acuerdo.

Por ejemplo, una cuantía inferior a la que tu esperabas podría ser otra razón para estar en desacuerdo con el contenido de la mencionada resolución administrativa.

Otro ejemplo, podría ser que la fecha de efectos NO se ajusta con lo que establece la ley.

Sobre este particular hay algunas personas que presentaron su solicitud de IMV un día 15 de marzo, por ejemplo, y la fecha de efectos que indica su resolución administrativa dice 1 de junio, cuando debería decir 1 de abril.

Te en cuenta que la resoluciones administrativas son dictadas por el Director Provincial del INSS de tu provincia.

Es decir, que NO esta centralizado a nivel nacional.

Por lo tanto, cada Director Provincial redactará la resolución administrativa como le salga de los huevos.

En fin, una vez que tu hayas presentado tu reclamación administrativa previa ante la Dirección Provincial del INSS de tu provincia, la administración tiene 45 días para responder.

Pero la realidad nos dice que esto tampoco se cumple.

Hay muchas personas que vienen esperando muchos meses una respuesta. Hay quienes esperaron siete meses en recibir respuesta.

Hay unos pocos que han esperado un año y tres meses.

Vale recalcar que en cualquiera de los casos luego de transcurridos esos 45 días te queda la vía judicial.

Si NO haz iniciado la vía judicial superado esos 45 días y luego de algunos meses la Seguridad Social te notifica la contestación a tu reclamación administrativa previa con resultado negativo, tienes un problema.

¿Se entiende?

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